Azvalor Asset Management SGIIC SAU dispone de un Reglamento para la Defensa del Cliente, cuya lectura se recomienda, que regula la actividad del Servicio de Atención al Cliente, así como el procedimiento para la presentación y tramitación de las quejas y reclamaciones (Reglamento Defensa del Inversor).
Una vez presentada la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o si hubiera transcurrido el plazo legalmente establecido sin haber recibido respuesta, el cliente podrá dirigirse a los servicios de reclamaciones de las autoridades supervisoras financieras. Para ello será necesario haber acudido previamente al Servicio de Atención al Cliente.
Las reclamaciones podrán presentarse ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que actuarán conforme al sistema de ventanilla única, remitiendo la reclamación al organismo competente. En el caso de la Sociedad, la autoridad competente será, con carácter general, la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Los clientes pueden presentar sus reclamaciones o quejas en primera instancia, al titular del Servicio de Atención al Cliente de Azvalor Asset Management SGIIC, S,A.:
Tel. 91 737 44 40 Fax. 91 737 44 41
(Lunes a viernes de 9:00h a 19:00h)
Paseo de la Castellana, 110
3ª planta – 28046 – Madrid
sac@azvalor.com
El Servicio de Atención al Cliente resolverá las quejas y reclamaciones en el plazo máximo de un mes desde su presentación, de conformidad con la normativa aplicable.
Referencias normativas:
de medidas de reforma del sistema financiero
sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores
por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Por la que se regulan los servicios de atención a la clientela
Azvalor Asset Management SGIIC SAU clasifica a todos los inversores como «Cliente Minorista», de acuerdo con la información facilitada en el alta como inversor y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 bis de la Ley 24/1998 de 28 de julio del Mercado de Valores, a los efectos de la operativa de suscripción de participaciones de instituciones de inversión colectiva que lleven a cabo con nuestra entidad.
Igualmente, le informamos que de conformidad con la normativa vigente, podría cambiar la categoría de cliente Mifid para ser considerado si lo desea, y previo cumplimiento de unos requisitos, como «Cliente Profesional», lo que le otorgaría un menor grado de protección.